¿Que ocurr
¿Pueden las empresas reclamar la nulidad de las cláusulas suelo?
En principio la reclamación de la nulidad de cláusula suelo está enmarcada en la relación existente entre el consumidor y la entidad bancaria, cuyo objeto contractual se basa en el préstamo con garantía hipotecaría sobre un bien inmueble destinado a la vivienda habitual, o en su caso, fuera de cualquier actividad comercial o profesional.
Así las cosas, dicha relación contractual se incardinará bajo la normativa reguladora de especial protección de consumidores y usuarios, la cual establece un doble control del condicionado general, siendo por un lado, el de transparencia –esto es, en cuanto a la claridad y comprensibilidad del clausulado– y, por otro, el de contenido –es decir, que del propio clausulado no se desprenda un desequilibrio entre los derechos y obligaciones entre las partes, a la par que se guarde la exigencia de la buena fe contractual–.
¿Y qué ocurre cuando aquél que contrata lo hace como empresario?
En caso que actúe en el tráfico jurídico con un propósito relacionado con su actividad comercial o empresarial no le será de aplicación la antedicha normativa de especial protección del consumidor que contrata con un profesional; sino actuará bajo el marco de la Ley sobre condiciones generales de la contratación, la cual ampara la exigencia de la buena fe y equilibrio entre los derechos y obligaciones de las partes que se derivan del contrato.
La respuesta de los Tribunales
Si bien con las sentencias del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013 y de 25 de febrero de 2015 versaron sobre los contratos celebrados con los consumidores, no fue hasta su sentencia de 3 de junio de 2016 donde trató la declaración de abusividad del condicionado general cuando el contratante era un no consumidor, esto es, una empresa o un autónomo.
Así, han sido los tribunales en primera y segunda instancia quienes han ido dado la razón a las empresas en sus reclamaciones por tales prácticas bancarias.
De este modo la jurisprudencia razona que como presupuesto necesario debe prevalecer la igualdad de los contratantes, de tal forma que presidirá en el desenvolvimiento de la relación contractual las exigencias de la buena fe y justo equilibrio entre las partes.
A tal respecto, la Audiencia Provincial de Toledo señala, en un supuesto donde falla a favor de una empresa dedicada al sector inmobiliario, que «aunque el concepto de cláusula contractual abusiva adquiere un significado propio en el ámbito de la contratación con los consumidores, ello no significa que en las condiciones generales entre profesionales no puedan existir abuso de una posición dominante, pero en ese caso la apreciación de ese posible desequilibrio injustificado se sujetará a las normas generales de la contratación, sin que nada impida que judicialmente pueda declararse la nulidad de una condición general abusiva por ser contraria a la buena fe que claramente cause un desequilibrio especialmente significativo en los derechos y obligaciones de las partes».
Autor:
David Gómez de Miguel
Reseña sobre el autor
David es un abogado comprometido con sus clientes, con un trato cercano, con un sentido práctico de las cosas y con un espíritu de ayuda a los demás que lo hacen no solo un gran profesional, sino una gran persona.
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David Gómez de Miguel
Colegio profesional
Abogado en ejercicio, adscrito en el Ilustre Colegio de Abogados de Málaga
Experiencia profesional
Socio director del despacho «López & Gómez abogados».
Letrado del Elenco del Tribunal Eclesiástico Diocesano de Málaga.
Integrante del listado de administradores concursales por designación judicial en la demarcación provincial de Málaga.
Abogado ejerciente en el Turno de Oficio.
Experiencia docente
Profesor del Instituto Superior de Derecho y Economía (ISDE) en la obra Big Data ISDE, colaborando en el ámbito docente de postgrado de Derecho, concretamente en el área de Derecho contencioso-administrativo.
Profesor Colaborador del Departamento de Derecho Procesal de la Universidad de Málaga.
Colaboraciones
Radio Pizarra. La voz del Guadalhorce
Asociación de Empresarios del Guadalhorce (GUADALPYME)
Vocal en la Comisión de Deontología e Intrusismo del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga
Miembro de la sección de Derecho Administrativo del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga
Certificado
Certificado de Aptitud Profesional emitido por el Consejo General de la Abogacía Española y el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados.
Idiomas
Inglés
Formación
Licenciatura en Derecho. Universidad de Málaga (UMA)
Escuela de Práctica Jurídica «Antonio Naya». Ilustre Colegio de Abogados de Málaga.
Título de Experto Universitario en Responsabilidad y Seguros. Universidad Internacional de Andalucía.
Título de Experto Universitario en Derecho Concursal. Universidad Internacional de Andalucía.
I Curso de Especialización en Derecho Concursal. Ilustre Colegio de Abogados de Málaga
Curso de especialización sobre el Procedimiento Contencioso Administrativo. Cátedra de Derecho Procesal de la Facultad de Derecho de Málaga (UMA).
Curso de Experto en Propiedad Horizontal y Arrendamientos Urbanos. Centro Internacional Carlos V de la Universidad Autónoma de Madrid
Curso de Compraventa Inmobiliaria. Centro Internacional Carlos V de la Universidad Autónoma de Madrid
Curso sobre «Gestión Económica y Financiera». Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE)
Curso de Gestión de Nóminas y Seguridad Social. Confederación de Empresarios de Andalucía
Curso de «Contabilidad y Finanzas para no Financieros». Confederación de Empresarios de Andalucía
Curso de «Gestión de Costes». CEOE
Curso sobre «Estrategia y Comunicación Empresarial». CEOE
Curso sobre «Estrategia en Marketing y Plan Comercial para Emprendedores». CEOE
Curso sobre el «Derecho y las Redes Sociales». Universidad Europea
Jornada Científica: «La Responsabilidad de los Arquitectos. Diez años de la Ley de Ordenación de la Edificación». Cátedra de Derecho Civil de la Facultad de Derecho de Málaga (UMA).
Curso sobre «Los Incumplimientos en el Ámbito de la Contratación Inmobiliaria». Cátedra de Derecho Civil de la Facultad de Derecho de Málaga (UMA)
Curso sobre la «Igualdad de Oportunidades: Aplicación Práctica en el Ámbito Jurídico». Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades
Entre otros