Subvenciones para la mejora energética, de la Agencia Andaluza de Energía.

Subvenciones para las actuaciones del Programa de Incentivos para el
impulso a la Movilidad Eléctrica (MOVES III Andalucía).

PLAZO DE SOLICITUD:   20/09/2021 – 31/12/2023

Este Plan está previsto en la Disposición Final Primera del Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía, que establece que por orden de la Consejería competente en materia de comercio interior se aprobará cada cuatro años un Plan Integral de Fomento del Comercio Interior de Andalucía cuyos objetivos serán, entre otros, la modernización de las pequeñas y medianas empresas, fomentar el asociacionismo comercial y mejorar la cualificación profesional y de gestión de los recursos humanos del sector, debiendo ser sus líneas básicas debatidas previamente en el Parlamento Andaluz.

REQUISITOS

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas o jurídicas, legalmente constituidas como empresas.
También podrán ser beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que aún careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo
los proyectos o actividades objeto de subvención.

Desarrollo de la Actividad en Andalucía

Desarrollar su actividad comercial o artesana en Andalucía. En el caso de que lleven a cabo solo una actividad comercial on-line, habrán de demostrar que generan actividad económica en Andalucía, entendiéndose por tal la creación de empleo directo en el territorio.

Condición de Pyme

Tener la condición de pyme conforme a lo establecido por la Comisión Europea en su Recomendación 2003/361/CE, de 6 de mayo de 2003.

Constitución con al menos 5 años de antigüedad

Estar constituidas con carácter previo a la publicación de la convocatoria, con al  menos 5 años de antigüedad.

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