Hipoteca. Reclamación de gastos hipotecarios

Ahora es posible recuperar todos los gastos del otorgamiento de la escritura de hipoteca si el banco te los cargó a tu cuenta

Autor: Manuel de Amo Fernández-Echevarría (LexQuo Abogados)

Reseña sobre el autor: Manuel de Amo Fernández-Echevarría

Manuel de Amo Fernández-Echevarría

Nacido en Madrid 1987. Licenciado en derecho, especializado en derecho mercantil, concursal y civil. Socio fundador del despacho LEX QUO ABOGADOS. Colaborador experto jurista del programa de televisión «Tiene Arreglo» (2011), Secretario del Juzgado de Pizarra 2006-2008.

 

LEX QUO ABOGADOS

Para ponerse en contacto con LEXQUO, pueden hacerlo en el teléfono 655 66 41 97, o pidiendo cita para acudir a su oficina que se encuentra muy cerca de la ciudad de la justicia, en la calle Pirandello 6 (Edificio Corona de Teatinos) piso 5 puerta 5.

 

Como cualquier asociado con hipoteca que esté pendiente de las noticias habrá podido comprobar, nos encontramos en un momento en el que la justicia está haciendo frente a lo que se puede considerar actuaciones abusivas llevadas a cabo por las entidades bancarias en su práctica durante años.

 

Una de esas prácticas jurídicas, se trata de hacer que el solicitante de un préstamo hipotecario, sea empresa o particular, se haga cargo de todos los gastos que tienen que ver con la realización del mismo.

 

La Sentencia de diciembre de 2015 del Pleno del Tribunal Supremo declara abusiva la cláusula recogida en la gran mayoría de las hipotecas en las que se repercute en el cliente el abono de los gastos del otorgamiento de la escritura y actos preparatorios y gastos judiciales.

 

Todos los bancos llevan muchos años repercutiendo en el cliente, de manera abusiva, la totalidad de los gastos que se ocasionan con motivo del otorgamiento de la escritura de hipoteca (factura del notario), de su inscripción en el Registro de la Propiedad (factura del Registrador), de los impuestos (Actos Jurídicos Documentados), y de los honorarios de la gestoría que tramita el asunto siempre escogida e impuesta por el banco.

 

En consecuencia, las entidades bancarias están obligadas a pagar todos estos gastos de las hipotecas, porque así lo ha dicho la Justicia.

 

Hasta siete millones de hipotecados podrían recuperar todo o, al menos, la mitad de lo gastado en la firma de una hipoteca. Se incluyen todas las hipotecas que estén vigentes en este momento, y todas aquellas que, aun habiendo sido canceladas, no se hubieran terminado de pagar antes de diciembre de 2011.

 

Si tienes interés en ver cual es tu situación tienes a tu disipación nuestro convenio de colaboración con el despacho de abogados LEXQUO. Gracias a este convenio preferente te informarán de forma gratuita y sin compromiso a cerca de este derecho de reclamación y posibilidades. Si quieres poner tu reclamación o necesitas abogados tienes unas condiciones y tarifa preferente.

 

Esta es la documentación necesaria para su estudio y posible reclamación:

  • Escritura de Hipoteca, (ampliaciones o Novaciones Posteriores)
  • Factura de La Gestoría tramitadora
  • Factura de la Notaría
  • Factura del Registro De La Propiedad
  • Carta de pago (modelo 600) de impuesto Actos Jurídicos Documentados
  • Escritura de Cancelación de Hipoteca (para el caso de estar cancelada)