Subvenciones para el relevo generacional de las pymes comerciales y artesanas de Andalucía.

Subvenciones  que financian la elaboración de herramientas de planificación del proceso de Relevo Generacional.

PLAZO DE SOLICITUD:   02/07/2020 – 30/09/2021

Los Proyectos de Relevo generacional de las pymes comerciales y artesanas tienen por objeto planificar los procesos de relevo con la finalidad de contribuir a dar continuidad a pequeñas empresas comerciales o artesanas que de otro modo se verían abocadas al cierre, debido a la jubilación, incapacidad permanente, fallecimiento del titular u otra causa sobrevenida.
La continuidad de la empresa puede llevarse a cabo dentro del entorno familiar de las personas titulares, por las personas trabajadoras de la empresa o, incluso por terceras personas interesadas en continuar con el negocio.

ACTUACIÓN SUBVENCIONABLE 1

Desarrollo del protocolo familiar que contemple las condiciones para garantizar el relevo generacional de la empresa. Se consideran empresas familiares aquellas en las que la propiedad pertenece total o parcialmente a un grupo de personas que son parientes consanguíneos o afines entre sí. El contenido del protocolo familiar podrá ser flexible y adaptado a las particularidades y características concretas de cada empresa, con el contenido mínimo detallado en el Anexo II de la orden. Los protocolos familiares tendrán que ser, al menos, elevados a escritura pública ante notario y quedará a discrecionalidad de la empresa la posible inscripción en el Registro Mercantil. Además del desarrollo del protocolo familiar, la empresa podrá acometer la capacitación de las personas relevistas.

ACTUACIÓN SUBVENCIONABLE 2

Plan de relevo para las personas trabajadoras de la empresa o terceras personas que se hagan cargo del traspaso del negocio. Tiene como finalidad la preparación y planificación del proceso de relevo empresarial a personas trabajadoras de la empresa que no tengan una relación familiar con su titular o titulares o a potenciales compradores, en aquellos casos en que no se prevé una sucesión generacional en la  organización, a través de la elaboración de un plan de relevo. El contenido mínimo del plan de relevo es el establecido en el Anexo II de la orden. Dicho plan concluirá con la elevación del mismo a escritura pública ante notario. Además del plan de relevo, la empresa podrá acometer la capacitación de las personas relevistas

REQUISITOS

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas o jurídicas, legalmente constituidas como empresas.
También podrán ser beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que aún careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo
los proyectos o actividades objeto de subvención.

Desarrollo de la Actividad en Andalucía

Desarrollar su actividad comercial o artesana en Andalucía. En el caso de que lleven a cabo solo una actividad comercial on-line, habrán de demostrar que generan actividad económica en Andalucía, entendiéndose por tal la creación de empleo directo en el territorio.

Condición de Pyme

Tener la condición de pyme conforme a lo establecido por la Comisión Europea en su Recomendación 2003/361/CE, de 6 de mayo de 2003.

Constitución con al menos 5 años de antigüedad

Estar constituidas con carácter previo a la publicación de la convocatoria, con al  menos 5 años de antigüedad.

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