Podrán beneficiarse de los siguientes productos y servicios todos los socios de LA ASOCIACIÓN que aporten certificado emitido por la Asociación que pertenecen a la misma, que domicilien la cuota de asociación y que cumplan al menos uno de los siguientes requisitos:
1. Domiciliación de Seguros Sociales: cumplida la condición cuando el cliente haya realizado el pago de los Seguros Sociales (general o autónomo), mediante domiciliación en su cuenta de forma ininterrumpida.
2. Domiciliación de impuestos: pago de impuestos mediante domiciliación en su cuenta.